El caso de los permanentes por via judicial y doble silencio administrativo sigue dando problemas a Defensa

TSJMurciaEl pasado 17 de octubre informabamos en las noticias exclusivas de los asociados de la OATM del extraño caso de los MTM que habían adquirido la condición de «permanentes» o militares de carrera por via Judicial y doble silencio administrativo, tras una sentencia publicada por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia y en la que los demandantes habían conseguido dicha permanencia en base al ardid de que la Administración no les había respondido en tiempo y forma acorde a la Ley 30/1992, de Procedimiento Administrativo Común. La administración se defendió indicando que si había respondido en tiempo y forma en base a la Disposición Adicional Decimoquinta recogida en la Ley 4/1999 que ampliaba las disposiciones adicionales recogidas en la Ley 30/92.

Como quiera que sea la administración en Defensa está respondiendo a todas las instancias con premura para evitar que se den nuevos casos como el detallado en nuestra noticia del 17 de octubre, por lo que nuevas instancias basadas en el doble silencio administrativo no serían estimadas, ya que se está respondiendo a todas. Pero hay decenas de casos pendientes de resolver y siguen llegando, obligando a motivar cada denegación en caso de que varíen los argumentos esgrimidos en las instancias ya que deben ser remitidas a la Asesoría Jurídica de la Defensa. Sin embargo algunos abogados de la región continúan aconsejando a sus clientes elevar dicha instancia-tipo sin modificar e incluso teniendo preparados los recursos por silencio administrativo para acortar los plazos de respuesta, a pesar de que Defensa les está respondiendo en tiempo y forma acorde a la ya mencionada disposición, creando una falsa expectativa de que podrán obtener la permanencia por dicha via del doble silencio administrativo a una media de seiscientos euros por cliente entre instancia, recurso y contencioso-administrativo.

Y todo ello basado en las sentencias favorables del T.S.J.M. que falló entre los años 2001 y 2002 a favor de dicha permanencia por contrato único hasta en once sentencias favorables, que obligaron al Ministerio de Defensa a admitir a los demandantes como militares de carrera.