EL CONSTITUCIONAL DIXIT

Pedro_pitarchMe lo dan casi hecho. En el post “Y DE MI DERECHO A DECIDIR ¿QUÉ?  del 23 de enero de 2013, decía:“La anunciada y conocida como “declaración soberanista”, auspiciada por CiU y ERC, ha sido aprobada esta tarde en el parlamento catalán con 85 votos a favor (CiU, ERC, Iniciativa y CUP), 41 en contra (PP, PSC y Ciutadans) y dos abstenciones (…) Se trata no solo de una declaración política, sino también de un acto jurídico concreto. Éste, en mi opinión, es recurrible desde ya. Desborda sin paliativos la legalidad vigente. La afirmación “El pueblo de Cataluña tiene, por razones de legitimidad democrática, carácter de sujeto político y jurídico soberano» es una intolerable provocación al estado, al chocar frontalmente con el artículo 1.2 de la Constitución que estipula que “la soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado”. 

”Previsiblemente, los independentistas, sobre aquella base, podrían tratar de alcanzar un acuerdo con el gobierno de la Nación para ganar tiempo hasta poder convocar su referéndum soberanista. Aplicando la ley, es un acuerdo imposible. El gobierno no puede saltarse la ley. No sería descartable entonces, por aquello de que “la consulta se hará digan lo que digan el gobierno español y el Tribunal Constitucional” (Oriol Junqueras dixit), los separatistas elaboraran y aprobaran en el parlamento catalán una particular ley de consulta para utilizarla como coartada y base jurídica propia y auto-legitimadora, para una potencial llamada a los ciudadanos de Cataluña a votar sobre el “derecho a decidir”. 
Sigo pensando que todavía hay lugar, aunque ya bien pequeño, para “la POLÍTICA con mayúsculas”, así como para “evitar a toda costa la ruptura del pacto constitucional y el desbordamiento de la tensión social y territorial. De abandonar retóricas estériles y aunar esfuerzos para salir todos juntos de la crisis. Momento, en definitiva, de apagar los fuegos y no de avivarlos”. De cualquier forma, el gobierno de la nación, en algún momento —y mejor antes que después puesto que su credibilidad política está en juego—, está obligado a ejercer, frente al separatismo activo, la autoridad y las competencias de las que está investido. Así como utilizar todos los resortes y medios que para ello le atribuye la Constitución. Desde el mero recurso al Tribunal Constitucional para suspender un potencial plebiscito, pasando por el artículo 155 de la Constitución para suspender la Autonomía catalana, hasta llegar potencial y desgraciadamente, y como último recurso, al empleo de la fuerza. Dentro de la ley todo. Fuera de ella, nada”.
Todo lo que entonces escribí está hoy vigente. Sé que a algunos esto les parece un aburrido “monotema”. Pero yo no controlo la actualidad, aunque quizás aquéllos estén (mal) acostumbrados a que aquí debatamos las cosas con muchos meses de adelanto. A los hechos me remito. Qué quieren que les diga, me satisface que ayer el pleno del Tribunal Constitucional haya anulado por no-constitucional la proclamación según la cual el pueblo catalán “es sujeto político y jurídico soberano”, que era exactamente mi tesis principal. Además, la misma sentencia indica que el derecho a decidir “no consagra un derecho de autodeterminación no reconocido en la Constitución, sino una aspiración política a la que solo puede llegarse mediante un proceso ajustado a la legalidad constitucional”. También concurrente con las tesis hace 14 meses expuestas en esta página. Y es que era más que lógico, porque la sentencia del Constitucional no ha hecho más que entronizar dos principios esenciales del estado de derecho. Uno, el principio de legalidad, según el cual toda actividad política debe estar sometida al imperio de la ley. Y dos, el principio de la democracia que posibilita la modificación de las leyes en tanto en cuanto ese proceso de cambio se haga de acuerdo con lo previsto en la propia ley.
Solamente falta que se pronuncie el Congreso de los Diputados sobre la petición catalana, de que le sea transferida a la Generalidad la competencia para convocar “su” referéndum soberanista. Como el resultado de la votación en el parlamento de Madrid se adivina negativo para los deseos de Barcelona, el camino soberanista catalán quedará jurídicamente cegado. Quedará todavía ese margen del recurso a la POLÍTICA del que también hablaba en mi post de hace 14 meses. A partir de ahora el estado puede empezar a engrasar todos los instrumentos a su alcance para, llegado el caso, obligar a la Generalidad de Cataluña a ceñirse exactamente a la letra y el espíritu de la Constitución, si se empecinan en el Palacio de San Jaime en convocar el referéndum soberanista. Esto, como vengo diciendo hace meses, me huele a elecciones autonómicas muy anticipadas.
Fuente : Pitarch